Baja laboral por cuenta ajena

Cuánto hay que haber cotizado para cobrar una baja: 180 días en enfermedad común y ninguno en accidente

Última actualización: 12 de octubre de 2026 · Revisado el 2026-10-12

Para cobrar la baja por enfermedad común tienes que haber cotizado 180 días dentro de los cinco años anteriores a la baja. Si la causa es un accidente (sea o no de trabajo) o una enfermedad profesional, no se exige ningún periodo previo de cotización. Lo dice el artículo 172 de la Ley General de la Seguridad Social, y aquí tienes cómo comprobarlo con tu vida laboral y qué pasa si no llegas.

Qué se exige según el motivo de la baja

Motivo de la bajaCotización previa exigida
Enfermedad común180 días dentro de los 5 años inmediatamente anteriores al hecho causante
Accidente, sea o no de trabajoNinguna
Enfermedad profesionalNinguna
Menstruación incapacitante secundaria o donación de órganos o tejidosNinguna
Gestación desde el primer día de la semana 39Los periodos del artículo 178.1 de la LGSS, según la edad que tenga la trabajadora al inicio del descanso

Además de los días cotizados, la ley pide el requisito general de estar afiliado y en alta (o en situación asimilada al alta) cuando llega la baja (artículo 165.1).

Cómo contar los 180 días

Tres casos para reconocer el tuyo

  1. Primer empleo, cinco meses trabajados. Alguien que empezó en abril y se pone enfermo a finales de septiembre ha cotizado unos 150 días: no llega a 180, así que en una gripe fuerte no tendría subsidio de la Seguridad Social, aunque siga siendo baja médica. Si ese mismo día se rompe una pierna en un accidente fuera del trabajo, sí tendría derecho, porque en accidente no se exige carencia.
  2. Contratos cortos repartidos. Quien suma 90 días en 2023, 60 en 2024 y 40 en 2026 acumula 190 días dentro de cinco años: cumple, aunque nunca haya trabajado seis meses seguidos.
  3. Años sin trabajar. Quien cotizó 10 años pero lleva más de cinco años sin cotizar no tiene ningún día dentro de la ventana: esos años antiguos no sirven para este requisito.

Son ejemplos de recuento sencillo para entender la regla; en la realidad cuenta lo que figure en tu vida laboral.

Ojo con la palabra «baja»: si no cumples el periodo de cotización, la ley no te reconoce el subsidio de incapacidad temporal por enfermedad común. Si estás en ese caso, consulta tu convenio y pregunta a la Seguridad Social qué prestación puede corresponderte.

Errores habituales

Qué hacer a continuación

Pide tu vida laboral en la sede de la Seguridad Social, suma los días cotizados de los últimos cinco años y, si cumples, calcula el importe en la calculadora de baja laboral. Para entender los porcentajes, mira cuánto se cobra de baja por enfermedad común; si eres autónomo, la guía de baja de autónomos.

Fuentes

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días hay que cotizar para cobrar una baja por enfermedad común?

180 días dentro de los cinco años inmediatamente anteriores a la baja, según el artículo 172 de la Ley General de la Seguridad Social.

¿Hace falta haber cotizado algo para cobrar una baja por accidente?

No. En accidente, sea o no de trabajo, y en enfermedad profesional no se exige ningún periodo previo de cotización, aunque sí estar afiliado y en alta o en situación asimilada.

¿Los 180 días tienen que ser seguidos o de la misma empresa?

No. Valen los días cotizados en cualquier empleo dentro de la ventana de cinco años, seguidos o no.

¿Dónde veo cuántos días he cotizado?

En el informe de vida laboral de la sede de la Seguridad Social. El cómputo definitivo lo hace la entidad gestora al tramitar el subsidio.